Plan Estratégico de Seguridad Vial

Politica de Seguridad Vial

Es política de la empresa desarrollar  actividades encaminadas a la disminución de accidentes de tránsito, orientadas a la  protección de la salud y el bienestar de los trabajadores, personal en misión, contratistas y personas que tengan relación con la operación de la empresa como lo son afiliados (propietarios o conductores).

El Comité de Seguridad Vial se compromete a vigilar y  participar en todas las actividades del PESV (Plan Estratégico de Seguridad Vial) que los vincule,  preservando el buen funcionamiento y la realización de dichas actividades.

 

 

La Gerencia se compromete a cumplir con lo establecido en la legislación vigente, suministrar todos los recursos físicos, económicos, técnicos, humanos y a mejorar continuamente el desempeño del Plan Estratégico de Seguridad Vial.

POLITICA DE CONTROL DE ALCOHOL Y DROGAS

POLÍTICA DE REGULACIÓN DE HORAS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO

Todos los propietarios o conductores afiliados a TAXEXPRESS S.A,  deberán ajustarse a las horas reglamentarias para la conducción de vehículos de transporte público individual puerta a puerta en la ciudad de Bogotá, con el fin de promover el cuidado integral de la salud, se establece que los conductores no deben exceder  8 horas de conducción diarias con un máximo de 10 horas ejecutando su labor. Se establece un periodo de descanso de mínimo 7 horas e intervalos de descanso de 15 minutos tras 4 o 5  horas laborales trascurridas.

POLÍTICA DE REGULACIÓN DE VELOCIDAD

Con el fin de incentivar la buena conducta en las vías y el compromiso que debe adquirir todo propietario o conductor que preste el servicio a nombre de TAX EXPRESS S.A. se establecen límites de velocidad que deben ser respetados:

  • En la ciudad cambia entre 30 a 60 km/h. En carretera nacional y pavimento es de 60 a 80km/h. 
  • En carretera municipal es de 40 km/h, en la vía veredal sin pavimentar es de 30 km/h.
  • En las vías de acceso en instalaciones de clientes es de 20 km/h. 
  • En los puentes, glorietas y locaciones es de 10 km/h. 

 

POLÍTICA DE REGULACIÓN DEL CINTURÓN DE SEGURIDAD

Los cinturones de seguridad deberán ser revisados constantemente para verificar las condiciones en las
que se encuentra. En caso de estar con deterioro, deberá aplicarse la medida correctiva o de sustitución para cumplir a cabalidad con los estatutos normativos.

El incumplimiento de lo establecido en la política, se considerará una falta grave y la empresa establecerá medidas sancionatorias como acción de control y velará por el cumplimiento, examinando las revisiones preventivas  para determinar su estado.

POLÍTICA DE USO DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL

Los principales EPP que se utilizan en la empresa y que son  reglamentados e instruidos mediante el plan de capacitación propuesto son:

  • Cinturón de seguridad para conductor y acompañante
  • Guantes de seguridad frente a riesgos, primeros auxilios, mecánicos
  • Lentes de sol para protección visual

POLÍTICA DE NO USO DE EQUIPOS DE COMUNICACIÓN MÓVILES MIENTRAS SE CONDUCE

Se controla el uso de equipos de comunicación móviles mientras se conduce haciendo referencia que esto disminuye la atención y genera un riesgo para los pasajeros, para el conductor y el entorno en donde se encuentre, mientras el vehículo se encuentre en movimiento tanto en las vías internas como externas queda prohibido el uso de estos dispositivos.

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